¿A quién se dirige?
Nuestro servicio de consulta jurídica va dirigido a usuarios finales de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público contratados en España.
Es un servicio especialmente recomendado para particulares y autónomos.
Usuarios Finales
Un usuario final es, sencillamente, un consumidor de servicios. Aunque un usuario final puede ser una empresa, nuestro servicio de consultas está especialmente concebido para ser utilizado por particulares o/y autónomos como parte de la defensa legal frente a operadoras de telefonía e internet.
Si tu consulta se refiere a un servicio de telecomunicaciones contratado por una empresa, del tamaño que sea (incluso una PYME o micro-PYME), entonces te recomendamos que nos solicites un presupuesto personalizado para el asesoramiento jurídico sobre reclamaciones de telefonía e internet.
Servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público
Cuando hablamos de “servicios de comunicaciones electrónicas” disponibles al público nos referimos esencialmente a servicios de:
- Telefonía fija y móvil
- Acceso a internet fijo y móvil
- Acceso a la red telefónica pública con independencia de la tecnología
- Televisión sólo si es ofrecida sobre una conexión de banda ancha (ADSL, cable o fibra)
- Contratación de paquetes de los anteriores servicios (con cualquiera otros, incluida la televisión)
- Contratación de terminales (ej. el propio teléfono móvil)
Ten en cuenta que las aplicaciones y redes sociales que utilizan internet (Whatsapp, Facebook, Twitter, etc) no son a día de hoy, legalmente hablando, servicios de comunicaciones electrónicas y no están incluidos en nuestro servicio de consulta.
Si tienes dudas legales en relación a estas aplicaciones/redes sociales generalmente serán de privacidad o de propiedad intelectual. Aunque no estén cubiertos por el servicio de consultas pre-pagadas, MATEAS ABOGADOS está en disposición de asesorarte y ayudarte. Solo tienes que rellenar nuestro formulario de contacto para pedirnos presupuesto.
Contratados en España
Por el momento el servicio sólo cubre los servicios de comunicaciones electrónicas contratados con un operador habilitado en España.
El servicio sí incluye consultas jurídicas sobre servicios de Itinerancia (roaming) internacional ofrecidos por tu operador de comunicaciones en España.