20 de febrero de 2019

Jaime Segarra, Asesor Técnico de Mateas Lawyers para asuntos energéticos (ver Bio más abajo), nos presenta unas interesantes reflexiones y propuestas para un debate constructivo sobre el autoconsumo de electricidad. El autoconsumo es un punto importante de la agenda regulatoria energética, tanto en España como en otros países. Su adecuada regulación resulta fundamental, y es probablemente un hito insoslayable en la evolución del sistema energético. Jaime escribe a título personal para nuestro Blog, por lo que sus opiniones no vinculan a terceros con los que pueda colaborar.

Leer más: Reflexiones acerca del autoconsumo y su materialización regulatoria

MATEAS ABOGADOS es Partner legal de Mdtel, proveedor líder en soluciones de telecomunicaciones para el mercado corporativo. MATEAS ABOGADOS aporta su experiencia para reforzar la herramienta TargetWeb de Mdtel y ofrece a los grandes clientes corporativos de este servicio la posibilidad de reclamar legalmente sus facturas incorrectas por servicios de telecomunicaciones. Puede leer todos los detalles sobre esta colaboración aquí.

Leer más: Servicio jurídico especializado para reclamaciones de grandes cuentas

En Mateas Abogados, como despacho referente y especializado en economía digital y comercio electrónico, asesoramos e indicamos a nuestros clientes cómo adaptarse al nuevo Reglamento General de Protección de Datos que entra en vigor el próximo 25 de Mayo de 2018. También medios de comunicación recurren a nosotros para poder ofrecer una información veraz y fiel, y en este artículo se recogen las consultas de algunos de estos medios, y que sirven de buen acercamiento al RGPD así como a otras iniciativas en curso en materia de privacidad y cookies.

Leer más: El nuevo Reglamento de Protección de Datos entra en vigor el 25 de Mayo de 2018. Infórmate sobre...

Los cambios introducidos desde 2006 en la normativa europea sobre roaming internacional han supuesto la eliminación de los sobrecargos por este servicio dentro de la Unión Europea desde 15 de junio de 2017. A partir de esa fecha el roaming debe cobrarse a precios del servicio móvil doméstico (a esta obligación se la conoce, en inglés, como “roaming like at home, RLAH”). Sin embargo, los usuarios deben ser conscientes de que esta supresión de los sobrecargos del roaming no es absoluta y está sujeta a importantes excepciones que pueden requerir del asesoramiento jurídico de abogados especialistas en telecomunicaciones para conocer por completo su alcance.

Leer más: El 15 de junio de 2017 se han abolido los sobrecargos por roaming, pero existen excepciones que...

19/05/2017

La opinión (influyente, aunque no vinculante) del Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) considera que Uber no presta un servicio de la sociedad de la información, sino un servicio de transporte tradicional. El TJUE tendrá que decidir sobre esta cuestión en el contexto de una pregunta planteada por un tribunal de Barcelona en una demanda de competencia desleal interpuesta por una asociación del taxi.

Leer más: Uber podría ser declarado por el Tribunal de Justicia de la UE como un servicio de transporte

19/05/2017

El Parlamento Europeo ha votado a favor de obligar a los prestadores de contenido audiovisual online de pago, como Netflix y Sky Now TV, a ofrecer a sus suscriptores temporalmente fuera de su país de residencia la posibilidad de disfrutar de estos servicios (portabilidad del contenido online). Los prestadores no necesitarán obtener una licencia de copyright adicional para el país de presencia temporal pero sí podrán verificar el país de residencia del abonado mediante como máximo dos de los medios de verificación que se incluyen en un listado del reglamento propuesto por la Comisión Europea, pudiendo rehusar la portabilidad en caso de verificación negativa.

Leer más: Un paso más hacia la portabilidad del contenido audiovisual online

29/03/2017

La Red de Cooperación para la Protección de los Consumidores que integra autoridades y organizaciones de protección de los consumidores de la UE ha adoptado este mes de Marzo de 2017 una posición común, auspiciada por la Comisión Europea, sobre la protección de los consumidores en redes sociales, tras recibir un creciente número de denuncias de consumidores que han sido víctimas de fraude o estafa al utilizar estas redes.

Leer más: Defiende tus derechos como consumidor en redes sociales

10/03/2017

Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas en derechos de los consumidores energéticos y energías renovables, se hace eco de la nota de prensa publicada por la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) anunciando que ha sancionado a Endesa Energía S.A.U (100.000 euros); Iberdrola Clientes, S.A.U., (30.000 euros), Gas Natural Servicios, SDG, S.A, (10.000 euros); Viesgo Energía, S.L. (15.000 euros) como responsables de infracciones de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Leer más: La CNMC sanciona a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo por formalizar contratos de gas y...

16/02/2017

Mediante sentencia de 2 de febrero de 2017 el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid ha desestimado la demanda por competencia desleal interpuesto por Confebus contra la plataforma Bla Bla Car. La sentencia es susceptible de apelación. En Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas en derecho digital y tecnológicocomercio electrónico y derecho de la competencia en estos sectores, comentamos algunos aspectos de esta interesante sentencia, que tiene efectos muy relevantes para las plataformas de economía colaborativa especialmente si es confirmada por instancias superiores.

Leer más: Bla Bla Car no está sujeta a la normativa sobre ordenación del transporte terrestre

10/02/2017

El Real Decreto 1435/2002 de 27 de diciembre regula las condiciones de los contratos de adquisición de energía y el acceso a las redes de baja tensión. Esta norma establece que “Con carácter general, los contratos de suministro de energía en baja tensión celebrados entre los comercializadores y consumidores tendrán una duración máxima de un año, pudiéndose prorrogar tácitamente por períodos de la misma duración” y que el “consumidor” tiene derecho a rescindir las prórrogas de estos contratos sin que proceda cargo alguno en concepto de penalización por rescisión de contrato. Si la rescisión a instancias del consumidor se produce antes del primer año (esto es, no en período de prórroga) es posible la aplicación de una penalización hasta un máximo establecido por la normativa sectorial pero siempre que se hayan producido daños al suministrador.

Leer más: Derecho al cambio de suministrador energético

Nuestra web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de usuario y ofrecerle contenido adaptado a sus intereses. Si continúa navegando sin cambiar la configuración, consideraremos que acepta su uso.  Política de cookies.