Telmex podrá ofrecer su servicio Uno TV por entender el regulador que no se trata de un servicio de difusión de televisión.

23/06/2016

Desde Mateas Abogados, despacho de abogados especialistas y referencia del sector en asesoramiento jurídico en telecomunicaciones y derecho de la competencia en telecomunicaciones, analizamos y comentamos la resolución del regulador de telecomunicaciones de México sobre el servicio “Uno TV” de América Móvil.

El mencionado regulador de telecomunicaciones de Mexico, Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), ha decidido el 9 de junio de 2016 que el servicio “Uno TV” de América Móvil (designada agente preponderante en el mercado de telecomunicaciones) no viola la condición 1.9 de la concesión de su filial fija Telmex la cual prohíbe “explotar, directa o indirectamente, ninguna concesión de servicios de televisión al público en el país”.

De acuerdo con el IFT la distribución de señales de televisión que Telmex tiene prohibida en su licencia se refiere a “un servicio de conducción de señales de un punto hacia varios puntos de recepción determinados” mientras que ”en el presente caso la información de Uno TV se encuentra almacenada y se accede bajo demanda”. La interpretación del IFT pivota sobre el hecho de que los contenidos alojados en el portal de Uno TV corresponden a audio y video asociado disponibles en una página web y que, “a diferencia de la televisión, se accede al portal y sus contenidos bajo demanda de los usuarios independientemente del concesionario con el que tengan contratado el servicio de acceso a internet”.

El IFT establece, por tanto, una diferencia entre los servicios de difusión de televisión (con sistema de distribución punto-multipunto) y un servicio concreto de alojamiento de contenidos de audio y video disponibles online y bajo demanda (con distribución punto a punto). Sin duda un elemento importante del análisis es que Uno TV está accesible para cualquier usuario con independencia de su proveedor de acceso a internet. Por ello, como despacho de abogados especialistas en el campo de las telecomunicaciones, entendemos que no es posible extender la interpretación del IFT más allá del propio servicio analizado, y en particular que dicha interpretación no flexibiliza los términos de licencia de Telmex respecto de los servicios de IPTV (que, aunque no siguen un modelo de distribución punto-multipunto, son únicamente accesibles para los clientes del prestador del servicio de acceso a internet). 

La última ley federal de telecomunicaciones de México de 2014 ha introducido en su dispositivo transitorio un procedimiento proceloso mediante el cual Telmex puede solicitar al IFT que éste le autorice a ofrecer servicios que se encuentren restringidos o prohibidos por su licencia.  

En Mateas Abogados sabemos que contar con el adecuado asesoramiento jurídico sobre regulación de telecomunicaciones puede afectar de una manera decisiva a los intereses comerciales de las operadoras de telecomunicaciones. Contacte con Mateas Abogados, despacho de abogados líder y con más de 20 años de experiencia en asesoramiento jurídico para el sector de las telecomunicaciones.

 


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